Droguería

La droguería es el establecimiento farmacéutico dedicado a la venta al detal de productos enunciados y con los mismos requisitos contemplados para la Farmacia­Droguería, a excepción de la elaboración de preparaciones magistrales. Debe garantizar las condiciones esenciales para el desarrollo de los procesos generales de recepción y almacenamiento, dispensación de medicamentos y dispositivos médicos, distribución física, embalaje y transporte, así como a los procedimientos de inyectología y de monitoreo de glicemia con equipo por punción. Debe realizar los siguientes procesos.

Condiciones de infraestructura de la Droguería

Los locales deben contar con área física exclusiva, independiente, de circulación restringida, segura y permanecer limpios y ordenados.

Pisos. Los pisos deben ser de material impermeable, resistente y contar con sistema de drenaje que permita su fácil limpieza y sanitización.

Paredes. Las paredes y muros deben ser impermeables, sólidos, de fácil limpieza y resistentes a factores ambientales como humedad y temperatura.

Techos. Los techos y cielo rasos deben ser resistentes, uniformes y de fácil limpieza y sanitización.

Áreas de almacenamiento. Las áreas para el almacenamiento de medicamentos y dispositivos médicos deben ser independientes, diferenciadas y señalizadas, con condiciones ambientales, temperatura y humedad relativa controladas.

Iluminación. Debe poseer un sistema de iluminación natural y/o artificial que permita la conservación adecuada e identificación de los medicamentos y dispositivos médicos y un buen manejo de la documentación.

Instalaciones eléctricas. Plafones en buen estado, tomas, interruptores y cableado protegido.

Ventilación. Debe tener un sistema de ventilación natural y/o artificial que garantice la conservación adecuada de los medicamentos y dispositivos médicos. No debe entenderse por ventilación natural las ventanas y/o puertas abiertas que podrían permitir la contaminación de los medicamentos y dispositivos médicos con polvo y suciedad del exterior.

Condiciones de temperatura y humedad. Los sitios donde se almacenen medicamentos deben contar con mecanismos que garanticen las condiciones de temperatura y humedad relativa recomendadas por el fabricante y los registros permanentes de estas variables, utilizando para ello termómetros, higrómetros u otros instrumentos que cumplan con dichas funciones.

Criterios de almacenamiento. Los dispositivos médicos y los medicamentos se almacenarán de acuerdo con la clasificación farmacológica (medicamentos) en orden alfabético o cualquier otro método de clasificación, siempre y cuando se garantice el orden, se minimicen los eventos de confusión, pérdida y vencimiento durante su almacenamiento. El sistema de segregación de los dispositivos médicos y medicamentos debe garantizar que el lote más próximo a vencerse sea lo primero en dispensarse.

Áreas de la Droguería

Dispondrá básicamente de las siguientes áreas:

  • • Área administrativa, debidamente delimitada.
  • • Área de recepción y almacenamiento provisional de medicamentes, dispositivos médicos, productos autorizados y materia prima.
  • • Área para el almacenamiento de las materias primas.
  • • Área para el almacenamiento de medicamentes y dispositivos médicos.
  • • Área para el almacenamiento de productos autorizados, independiente y separada del área de almacenamiento de medicamentos y dispositivos médicos.
  • • Área independiente y segura para el almacenamiento de medicamentos de control especial.
  • • Área especial, debidamente identificada, para el almacenamiento transitorio de los medicamentos vencidos o deteriorados, que deban ser técnicamente destruidos o desnaturalizados.
  • • Área para el almacenamiento de medicamentos fitoterapéuticos, cuando éstos se vendan al detal al público.
  • • Área de dispensación de medicamentos y entrega de dispositivos médicos y productos autorizados.
  • • Área de cuarentena de medicamentos, en ella también se podrán almacenar de manera transitoria los productos retirados del mercado.
  • • Área para manejo y disposición de residuos, de acuerdo con la normatividad vigente.

Productos autorizados para comercializar en la Droguería:

  • • Los medicamentos alopáticos, homeopáticos, fitoterapéuticos incluidas las preparaciones magistrales de estos.
  • • Dispositivos médicos.
  • • Suplementos dietarios. Los productos que tengan estas características de acuerdo con la normatividad nacional vigente.
  • • Cosméticos y similares. Cosméticos, productos de tocador e higiénicos.
  • • Productos no contaminantes. Productos que no produzcan contaminación al medio ambiente, a las personas que laboran, los usuarios o los demás productos que se comercializan en el establecimiento.
  • • Productos no riesgosos para la vida de los usuarios.

Los productos que no produzcan contaminación o pongan en riesgo la salud de los usuarios, que puede vender al detal la Farmacia­Droguería deben estar ubicados en estantería independiente y separada.