Proceso de Recepción y Almacenamiento de Medicamentos y Dispositivos Médicos

El proceso de Recepción y almacenamiento de medicamentos y dispositivos médicos, establece los controles para el adecuado ingreso y almacenamiento de estos productos, garantizando el cumplimiento de los requisitos técnicos, legales y administrativos. Además de la verificación de las cantidades, precios y formas de pago pactados en la negociación con los proveedores al momento de recibir una compra, se debe realizar una verdadera inspección de todos los productos, la cual permita garantizar la verificación de la trazabilidad de los mismos e identificar posibles defectos de calidad. En ese sentido, el proceso de consta de:

RECEPCIÓN ADMINISTRATIVA: Consiste en la verificación de los aspectos administrativos de la compra que incluyen:

  • • Precios.
  • • Cantidades.
  • • Presentación del producto.
  • • Forma de pago.

Esta verificación se realiza confrontando la documentación relacionada con lo requerido al proveedor (orden de compra o requisición) contra lo recibido realmente (factura), en lo cual debe existir correspondencia.

RECEPCIÓN TÉCNICA: Consiste en la inspección técnica de las especificaciones de calidad y la trazabilidad de los medicamentos y dispositivos médicos recibidos, garantizando la identificación adecuada de posibles defectos de calidad. Por su parte, un defecto, acorde con el Manual de Normas Técnicas de Calidad Guía Técnica de Análisis de Medicamentos de INVIMA, es “cualquier discrepancia o inconformidad de la unidad de producto con respecto a sus especificaciones”. Estos, se clasifican en:

Defecto crítico. Es aquel que afecta la calidad del producto, lo hace inutilizable, constituyéndose en un riesgo para el usuario.

Defecto mayor. Defecto que, sin ser crítico, puede alterar la calidad del producto o reducir considerablemente su utilidad.

Defecto menor. Defecto que no afecta la calidad o el uso adecuado del producto (generalmente presentación).

La identificación de defectos en el proceso de recepción, implica que se establezca el nivel de aceptabilidad de estos, es decir, la cantidad de defectos permitidos para aceptar los productos, con base en lo siguiente: